LXII Asamblea General Ordinaria de Delegados

2026.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

De conformidad con el estatuto los requisitos para ser aspirante al Consejo de Administración son:

Requisitos generales:

1. Contar con capacidades y aptitudes personales, conocimiento, integridad ética y destrezas idóneas para actuar como miembros.
2. Acreditar experiencia suficiente en la actividad que desarrolla la organización y/o experiencia, o conocimientos apropiados para el cumplimiento de las responsabilidades y funciones.
Para los efectos de lo señalado en los numerales anteriores, los candidatos deberán cumplir con los siguientes:

Requisitos específicos:

  1. No estar relacionado dentro de la lista de Asociados o Delegados inhábiles, previa a la Asamblea en la que se realice la elección.
  2. Registrar una antigüedad como Asociado de por lo menos cinco (5) años continuos al momento de la postulación.
  3. No haber sido sancionado de acuerdo con el régimen disciplinario interno de la COOPERATIVA por infracciones cometidas con posterioridad al 15 de marzo de 2014.
  4. Acreditar formación básica cooperativa, con una intensidad no inferior a 60 horas, excepto, quienes hayan sido miembros del Consejo de Administración durante mínimo dos periodos estatutarios continuos en los últimos 10 años.
  5. Haber sido miembro activo del Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia o de la Comisión Disciplinaria o de un comité auxiliar durante un periodo no inferior a dos años continuos o discontinuos durante los últimos cinco (5) años, o haber sido miembro honorifico del Consejo de Administración.
  6. No haber sido anteriormente objeto de declaración de vacancia en el cargo de miembro del Consejo de Administración o de la Junta de Vigilancia, a menos que haya sido por renuncia o manifestación de dejación del cargo sustentadas.
  7. Acreditar previamente a la elección y ante la Junta de Vigilancia, título a nivel profesional, expedido por entidad educativa debidamente aprobada por el Ministerio de Educación Nacional o la autoridad competente.
  8. No haber presentado mora en el pago de las obligaciones directas con la Cooperativa, por más de 90 días, durante los dos últimos años.
  9. Gozar de excelente moralidad comercial, la cual se presumirá por no aparecer reportado en bancos de datos o centrales de riesgo, con obligaciones vencidas a su cargo. En caso de estar reportado en razón a errores o suplantación, deberá aportar la respectiva reclamación oportuna ante la entidad que lo reporta en mora.
  10. No registrar antecedentes penales, por la comisión de delitos dolosos.
  11. No haber sido sancionado disciplinaria o administrativamente, o anteriormente removido del cargo de gerente, o miembro del consejo de administración o junta directiva de una organización de economía solidaria, exclusivamente por hechos atribuibles al candidato a miembro de consejo y con ocasión del ordenamiento de medidas de intervención.
Se tendrá en cuenta, además, lo contemplado en el artículo 14.1 del estatuto, cuando menciona que ningún miembro de la Junta de Vigilancia podrá ser miembro del Consejo de Administración, así como la incompatibilidad relacionada con ser contraparte de la Cooperativa en proceso judiciales en curso.

Nuestros Valores

Honestidad

Solidaridad

Transparencia

Lealtad

Calidez

Pertenencia